Publicado en: 09/12/2021
La responsabilidad social sobre la crisis medioambiental ha ido creciendo en las últimas décadas, lo que incluye necesariamente nuevas posturas a nivel individual y colectivo; a nivel gubernamental, empresarial y de la sociedad civil organizada.
Por otra parte, también desde el punto de vista jurídico, se han regulado algunas leyes e instrumentos destinados a minimizar, mitigar o incluso resolver los problemas que, como consecuencia del desarrollo económico desenfrenado, provocan daños sociales y medioambientales.
En Brasil, «el derecho a un medio ambiente ecológicamente equilibrado» está garantizado por la Constitución (artículo 225). De esta manera, le corresponde el Poder Público promover acciones como la exigencia de estudios ambientales previos a la instalación de obras o actividades con potencial daño al medio ambiente (EIA) y donde la Educación Ambiental (EA) aparece alineada con la conciencia de preservación del medio ambiente.
Así, la construcción, instalación o funcionamiento de empresas que potencialmente degraden el medio ambiente solo se puede llevar a cabo tras un proceso de autorización que garantice la minimización de los posibles daños.
Esta licencia incluye una serie de condiciones, como propuestas para reducir o mitigar los impactos y compensaciones ambientales que el empresario debe presentar para su aprobación por el organismo medioambiental.
La legislación brasileña (Ley n.º 9.795) considera la EA como «un instrumento indispensable para el desarrollo integrado en una sociedad sostenible». En el contexto de los escenarios en los que existen entornos impactados por la instalación/operación de grandes empresas, la EA constituye «una herramienta de fortalecimiento de la ciudadanía a favor de la preservación y restauración del medio ambiente y de la mejora de la calidad de vida de las comunidades afectadas o involucradas».
En concreto, en los procesos de concesión de licencias —en las fases de Licencia de Instalación (LI) y Licencia de Operación (LO)— el papel de EA es esencial para impulsar la ciudadanía participativa ciudadanía, a través de Programas de Educación Ambiental, ya sean dirigidos al público interno o externo.
Los años 90 fueron muy importantes para la inserción de la Educación Ambiental en los procesos de concesión de licencias.
Con la creación del Programa Nacional de Educación Ambiental (PRONEA) en 1994, pasó a ser considerada una pieza clave en la «gestión ambiental pública», aunque solo entró en vigor en 2005 al reflexionar sobre el papel de la Educación Ambiental en el proceso de empoderamiento de los grupos sociales.
En este contexto, la EA se dividió en dos frentes, el «formal» y el «no formal», siendo el IBAMA el encargado de definir las directrices de este último.
Volviendo al contexto de la concesión de licencias, el artículo 3 de la citada ley establece la promoción de la EA por parte de las empresas públicas o privadas, con el objetivo de viabilizar programas, centrados en la formación de los trabajadores y trabajadoras, con el fin de mejorar y controlar el ambiente de trabajo, y las repercusiones del proceso de producción en el medio ambiente y la comunidad involucrada (BRASIL, 1999, p.1-2).
A partir de esta argumentación, podemos observar la importancia de promover la educación ambiental en las empresas como una forma de despertar con sus empleados y todos los que los rodean, acciones educativas que buscan concientizar sobre sus responsabilidades con el medio ambiente.
La Educación Ambiental se convierte entonces en «una política pública» que se traduce en «Educación para la gestión ambiental», promoviendo el desarrollo de habilidades, conocimientos y actitudes, tanto individuales como colectivas, que son significativas «en la gestión del uso de los recursos naturales».
La licencia ambiental se convierte, por lo tanto, en un instrumento de gestión ambiental del Estado, incluyendo todas sus etapas: estudios, programas y audiencias públicas, espacios en los que se espera la participación ciudadana.
Cuando una agencia medioambiental decide conceder o no una licencia a una empresa, está tomando partido y definiendo quién gana o pierde con dicha acción. En el ámbito empresarial, corresponde a las organizaciones desarrollar acciones en un proceso educativo permanente e invertir en procesos de educación ambiental.
La Educación Ambiental, en este contexto, debe estimular la creación de ambientes de aprendizaje y ofrecer condiciones para que no solo los empleados y colaboradores de estas empresas, sino también las comunidades del entorno desarrollen habilidades para crear alternativas innovadoras de uso sostenible del medio ambiente (ADAMS, 2005 apud XAVIER e cols: 2012, p. 16)1.
La inserción de la EA en las empresas orientada a la construcción de la sostenibilidad culmina con la formación de los empleados, proporcionando conciencia ambiental y competencia profesional, constituyendo una práctica educativa y de gestión integral.
Estas prácticas impregnarán tanto la participación de la sociedad en las discusiones sobre temas ambientales, como los cambios de actitudes y valores para la transformación de la realidad de la degradación ambiental (JARDIM, 2009 apud XAVIER e cols: 2012, p. 17-18).
Sin embargo, como sabemos, la ley es la ley. Y su cumplimiento no implica necesariamente la promoción de procesos de sensibilización, ni siquiera la creación de espacios de participación y diálogo.
Por parte de las empresas, a menudo no hay apertura, ni siquiera interés, en profundizar en los procesos educativos, ya que hay miedo o temor a ser criticado, cuestionado o exigido por las comunidades.
En este contexto, la Educación Ambiental se convierte en una mera sensibilización superficial centrada en eventos puntuales, sin continuidad, y cuya elección de temas está mucho más centrada en cuestiones globales (calentamiento global, escasez de agua y reciclaje) que en enfoques de problemas locales, evitando el conflicto ambiental vivido.
Además, al promover el debate sobre cómo abordar los problemas, la solución suele recaer en la responsabilidad individual. Esto genera una ilusión sobre la autonomía de las personas en relación a la transformación social, evitando enfrentar una educación orientada a desarrollar valores y capacidades para que sean capaces de tomar decisiones frente a los impases generados por el modelo productivo vigente.
Loureiro (2009, p.6) afirma que existe una desarticulación entre los programas de educación ambiental en el contexto del licencia y la realidad de las comunidades involucradas en el proceso de transformación ambiental, social, cultural e histórica provocado por la instalación del emprendimiento licenciado.
Para el autor, hay dos argumentos que lo justifican. La primera se basaría en la idea de que existe «la puesta en marcha de cursos y eventos sin el conocimiento y diagnóstico previo de la dinámica del territorio, los conflictos y las formas de organización social existentes».
También, complementa con su opinión sobre la gran ausencia que provoca la desarticulación en el proceso, ya que «los contenidos se estructuran sin tener en cuenta esta información y el diálogo con quienes son objeto del proceso educativo».
De ahí la importancia de un Diagnóstico Socioambiental Participativo para adecuar el Programa de Educación Ambiental a la realidad de la transformación generada por el emprendimiento.
La EA no se produce en la fase previa a la concesión de la licencia, sino solo en la fase de instalación, cuando la participación ciudadana está restringida en los procesos de toma de decisiones que ya están en marcha. Como se puede ver, aún queda mucho por debatir sobre la Educación Ambiental en el ámbito de las licencias.
Aun así, podemos concebir la educación ambiental en la licencia ambiental como un proceso de mediación entre los intereses de los sujetos que viven en el territorio donde se instalan las empresas y sus operaciones.
Este proceso de mediación define y redefine continuamente la forma en que los diferentes sujetos, a través de sus prácticas, alteran la calidad del medio ambiente, y también cómo se distribuyen los costos y beneficios resultantes de la acción de estos agentes.
Entendemos, por ejemplo, que el enfrentamiento de la actual crisis ambiental se inscribe en la superación del modo de producción y consumo, que se configura como el mantenimiento del orden de mercado establecido y no como una simple agenda de reducción del consumo sin contextualizar la producción, como difunden los medios.
Aun así, es posible destacar las iniciativas relevantes emprendidas por las empresas y la sociedad para transformar las acciones significativas en impactos positivos para la sociedad. En esto, debemos centrarnos y poner nuestras expectativas en el futuro de la Educación Ambiental.
*Synergia cuenta con un núcleo de educadores dedicados especialmente a los temas de Educación Social y Ambiental, siempre atentos al desarrollo de nuevos métodos y enfoques que aporten conocimiento y aprendizaje efectivo a nuestros territorios de actuación. El equipo de Núcleo preparó este artículo buscando aclarar a nuestros lectores el contexto y la relevancia de la Educación Ambiental en la sociedad contemporánea.*
El artículo «Licencias, educación ambiental no formal y el papel de las empresas» es el segundo de una serie de tres textos elaborados por el Núcleo.
Consulte el primer artículo publicado: «La educación ambiental y los desafíos contemporáneos».
Y el último artículo de la serie sobre Educación Social y Ambiental: As práticas pedagógicas de Educação Ambiental e o contexto político metodológico (Las prácticas pedagógicas de Educación Ambiental y el contexto político metodológico)